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¿Qué es el acoso laboral?



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El acoso laboral es una forma de violencia en el lugar de trabajo que se presenta con mayor frecuencia, hace referencia tanto a la acción de un hostigador u hostigadores conducente a producir miedoterrordesprecio o desánimo en el trabajador afectado hacia su trabajo. En México, el acoso laboral es una falta administrativa conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

Según lo dispuesto por nuestro articulo 3 bis de la Ley Federal del Trabajo, nos define que:

a) Hostigamiento, el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas; y

b) Acoso sexual, una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Existen algunos tipos de acoso laboral, los cuales te mencionaremos según quien lo realice, se presenta en cuatro niveles según su tipología:


  • Acoso vertical: el uso de la violencia o la hostilidad en el lugar de trabajo por parte de quienes ocupan puestos de autoridad o superioridad sobre la víctima.

  • Acoso horizontal: este tipo de hostigamiento ocurre cuando la agresión u hostilidad se dirige a compañeros de trabajo del mismo departamento o empleados que tienen niveles comparables en la estructura organizacional.

  • Ascendente verticalmente: ocurre con menor frecuencia y se refiere al acoso que realizan las personas que tienen cargos por debajo de la víctima. Un ejemplo sería un empleado subordinado que agrede a su jefe.

  • Acoso mixto: este tipo de hostigamiento se inicia cuando uno o más individuos ejercen violencia laboral contra uno o más individuos que tienen el mismo cargo directivo que ellos (horizontal). El jefe, por otro lado, es consciente de la situación, pero no hace nada para cambiarla. Incluso existe la posibilidad de que esto lleve a un aumento de los actos violentos cometidos en coordinación con los agresores.


Por su parte, el artículo 47 enumera todas las causales de extinción del contrato de trabajo que están libres de responsabilidad del empleador. En consecuencia, la fracción octava establece que la realización de actos inmorales, la hostilidad hacia los demás y la agresión o acoso sexual en el trabajo es causa de despido.

Las causales de terminación de un contrato de trabajo sin responsabilidad por parte del trabajador están previstas en el artículo 51 de la Ley del Trabajo.

En consecuencia, se determina en la fracción II de dicha ley que las siguientes acciones del empleador, sus familiares o cualquiera de sus representantes en el servicio y en contra del trabajador o sus familiares darán lugar a la extinción de la relación laboral: faltas a la integridad o al honor, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento y/o acoso sexual, malos tratamientos u otros análogos, en contra del trabajador, cónyuge, padres, hijos o hermanos.


En resumen, el término acoso laboral u hostigamiento laboral en México se refiere a una variedad de acciones y conductas hacia un compañero de trabajo o empleado que violan sus derechos y dañan su estabilidad psicológica, integridad y dignidad

Por lo tanto, el acoso laboral es una situación que debe erradicarse de los centros de trabajo, ya que puede impactar la calidad de vida de los trabajadores en las empresas.

 
 
 

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